Segunda convocatoria ayudas programa Kit Digital

¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?

Esta segunda convocatoria va dirigida a pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo de entre 3 y menos de 10 empleados, correspondientes al Segmento II de las bases reguladoras del Programa Kit Digital.

Además de cumplir con el requisito anterior, las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo deberán contar con domicilio fiscal ubicado en territorio español.

Cuantía de las ayudas

Para esta convocatoria, el importe máximo de ayuda o bono digital por beneficiario será de 6.000 € y con él las pymes podrán adquirir las soluciones de digitalización para 12 categorías (anteriormente eran 10, se han añadido las categorías de Presencia Avanzada en Internet y Market Place) que se muestran a continuación junto con los importes máximos de ayuda por categoría y los meses de prestación del servicio.

Categoría de Soluciones de  DigitalizaciónMeses de prestación del servicioSegmento II3 ≤ X*<10 empleados
Sitio Web y Presencia básica en Internet[1]122.000 €
Comercio electrónico122.000 €
Gestión de Redes Sociales122.500 €
Gestión de Clientes122.000 € (incluye 1 usuario)
Business Intelligence y Analítica122.000 € (incluye 1 usuario)
Gestión de Procesos.123.000 € (incluye 3 usuarios)
Factura Electrónica.122.000 € (incluye 3 usuarios)
Servicios y herramientas de Oficina Virtual12250 €/usuario (hasta 9 usuarios)
Comunicaciones Seguras12125 €/ dispositivo (hasta 9 usuarios)
Ciberseguridad12125 €/ dispositivo (hasta 9 usuarios)
Presencia avanzada en Internet122.000 €
Marketplace122.000 €

[1] Esta Categoría de Solución de Digitalización es la misma Categoría de Solución de Digitalización que la recogida en el Anexo IV de las Bases Reguladoras y la Convocatoria de ayudas C005/22-SI, “I. Sitio Web y presencia en Internet”.

*: Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre

¿Cuándo se pueden solicitar?

Las empresas interesadas podrán solicitar las ayudas a partir del 2 de septiembre del 2022 en la sede electrónica de Red.es. Tendrán un plazo de presentación de 12 meses, acabando el 2 de septiembre del 2023 a las 11:00 horas.

Pasos para solicitar el bono Kit Digital

  1. Registrarte en Acelera pyme y realizar el test de autodiagnóstico para comprobar el nivel de digitalización de tu empresa.
  2. Consultar el catálogo de soluciones digitales del Kit Digital.
  3. Solicitar la ayuda del Kit Digital en la sede electrónica de Red.es completando el formulario.
  4. Elegir una o varias soluciones que mejor se adapten a tu negocio.
  5. Firmar un acuerdo de prestación de Soluciones Digitales con los Agentes Digitalizadores que implantarán la solución.

El Programa Kit Digital se regula en la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre. Sin embargo, tal y como hemos mencionado anteriormente, se ha llevado a cabo una modificación de las Bases Reguladoras  (Orden ETD/734/2022, de 26 de julio) que se aplicarán a todas las Convocatorias de ayudas que sean publicadas a partir del 30 de julio de 2022, sin tener carácter retroactivo sobre la Convocatoria del Segmento I, C005/22-SI. Esta píldora incluye las modificaciones de las Bases Reguladoras (Orden ETD/734/2022, del 26 de julio). En cualquier caso, prevalecerá la información contenida en las Bases Reguladoras y en las distintas Convocatorias.

*Agradecimientos a la web acelerapyme.es por la información al respecto.

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