La campaña de la renta de 2021 se iniciará desde el día 6 de abril hasta el día 30 de junio de 2022.
Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo finaliza el 27 de junio de 2022.
Principales novedades del IRPF en el ejercicio 2021
Exenciones:
- Exención del 50 por 100 de los rendimientos de trabajo percibidos por los tripulantes de buques canarios inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias
- Exención por las ayudas excepcionales por daños personales causados por desastres naturales (borrasca “Filomena” y erupción volcánica en la isla de La Palma)
- Exención de ayudas públicas percibidas para reparar la destrucción en elementos patrimoniales por catástrofes naturales
- Exención por las subvenciones y ayudas concedidas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios
Rendimientos de capital inmobiliario:
- Cantidades destinadas a la amortización: Inmuebles adquiridos a título gratuito
El Tribunal Supremo en su Sentencia núm. 1130/2021, de 15 de septiembre, ha fijado como criterio interpretativo que, afectos de determinar la amortización aplicable en el caso de inmuebles adquiridos a título gratuito por herencia o donación, el coste de adquisición satisfecho será el valor del bien adquirido en aplicación de las normas sobre Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones o su valor comprobado en estos gravámenes (excluido del cómputo el valor del suelo), más los gastos y tributos inherentes a la adquisición que corresponda a la construcción y, en su caso, la totalidad de las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos.
Reducciones por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social:
- Se reduce de 8.000 a 2.000 euros anuales el límite general de reducción aplicable en la base imponible por las aportaciones contribuciones a sistemas de previsión social
- Se reduce de 2.500 a 1.000 euros anuales el límite máximo aplicable por aportaciones a sistemas de previsión social de los que sea partícipe, mutualista o titular el cónyuge del contribuyente
Mínimo personal y familiar
Por tanto, en 2021 no es aplicable el citado mínimo autonómico.
Gravamen
- Gravamen de la base liquidable general
Estatal: Nuevo tramo a partir de 300.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 24,50%

- Gravamen de la base liquidable del ahorro
Nuevo tramo a partir de 200.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 13%

- Gravamen aplicable a contribuyentes del IRPF residentes en el extranjero
Nuevo tramo a partir de 200.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 26 por 100.
- Régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español
Nuevo tramo a partir de 200.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 26 por 100.
Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas
Como novedad para 2021 y con efectos desde el 6 de octubre, el artículo 1 del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE del 6), introdujo una nueva disposición adicional quincuagésima en la Ley del IRPF, que regula las siguientes deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
- Deducción por obras de mejora que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración: permite una deducción de hasta un 20%
- Deducción por obras de mejora que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable: permite una deducción de hasta un 40%
- Deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial: permite una deducción de hasta un 60%
IPREM , interés legal, intereses de demora y salario medio anual del conjunto
de los declarantes del IRPF
El importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2021 queda
fijado en 7.908,60 euros, de acuerdo con lo establecido por la disposición adicional centésima
vigésima primera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021 (BOE del 31).
El interés legal del dinero en el ejercicio 2021 se mantiene en el 3 por 100 y el interés de
demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley General Tributaria en el 3,75 por 100, de
acuerdo con lo establecido en la disposición adicional cuadragésima novena de la Ley
11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (BOE
del 31).
El salario medio anual del conjunto de los declarantes del IRPF se mantiene en 22.100 euros
para el ejercicio 2021.