El TS se pronuncia sobre los despidos en período de prueba sin fijar la duración del mismo

Las empresas no pueden desistir de los trabajadores por no haber superado el periodo de prueba si no se ha establecido previamente las fechas de inicio y final de dicha prueba. Además, el periodo no tendrá validez y el despido pasa a ser improcedente. La Sala argumenta que la fijación del periodo de prueba es un derecho mínimo de los trabajadores cuya motivación “tiene causa en sus consecuencias (desistimiento sin derecho a indemnización) de los trabajadores”. El hecho de que no se marque un periodo de prueba concreto genera una situación de incertidumbre e inseguridad jurídica para los trabajadores que desconocen completamente si van a superar el periodo de prueba o cuando van a ser despedidos en el plazo que apunta la normativa de los trabajadores.

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