Estas deducciones se suman a la cantidad a cobrar o se restan de la cantidad a pagar, de forma que suponen siempre un cobro
Deducción por descendientes con discapacidad a cargo
Los contribuyentes que tengan descendientes con discapacidad a cargo con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes tienen derecho a una deducción en el IRPF de 1200 euros por cada uno de ellos.
El descendiente ha de ser menor de 25 años en la fecha de devengo del impuesto: 31/12/2018 o que tenga un grado de discapacidad del 33 %. El descendiente ha de convivir con el contribuyente. El descendiente no debe haber obtenido rentas netas superiores a 8000 euros anuales y no haber presentado declaración en el irpf con rentas superiores a 1800 euros.
Deducción por ascendientes con discapacidad a cargo
Los contribuyentes que tengan ascendientes con discapacidad a cargo con derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes tienen derecho a una deducción en el IRPF de 1200 euros por cada uno de ellos.
El ascendiente ha de ser mayor de 65 años o con 65 años cualquiera que sea su edad, tiene que convivir con el contribuyente y no tener rentas netas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8000 euros anuales.
Deducción por familia numerosa
Los ascendientes o hermanos huérfanos de padre y madre que formen parte de una familia numerosa tienen derecho a una deducción de 1200 euros anuales o de 2400 si es familia numerosa categoría especial.
Se entiende por familia numerosa la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes.
Se equipara a familia numerosa, entre otras, a las familias constituidas por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de éstos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar.
La deducción se incrementará en 600 euros anuales por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos para ser familia numerosa general o especial.
Son familias numerosas se categoría especial las de cinco o más hijos y las de cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.
Cada hijo discapacitado o incapacitado para trabajar, en los términos definidos en el apartado 5 del artículo 2, computará como dos para determinar la categoría en que se clasifica la unidad familiar de la que forma parte
Deducción por ascendiente separado legalmente o sin vínculo matrimonial.
Con dos hijos sin percibir pensión de alimentos.
Tienen derecho a una deducción de 1200 euros anuales.
Deducción por cónyuge no separado legalmente por discapacidad
Siempre que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros anuales, ni genero el derecho a las deducciones por descendientes y ascendientes por discapacidad. Tienen derecho a una deducción de 1200 euros anuales.