
Legitimación de las subcomunidades de propietarios
Las subcomunidades de propietarios se encuentran legitimadas para actuar jurídicamente.
Las subcomunidades de propietarios se encuentran legitimadas para actuar jurídicamente.
La disolución de la comunidad de bienes que no realice actividades empresariales tributará únicamente por el Impuesto sobre actos jurídicos documentados.
Las cuotas de participación se modifican por unanimidad y acuerdo individual de cada propietario, y en algunos supuestos por acuerdo de la Junta de Propietarios.
Una finca registral puede aumentar o disminuir su cabida si se le añade o se le resta superficie. Para efectuar los cambios en la configuración originaria es preciso el voto favorable de las 3/5 partes de propietarios y cuotas de participación.
El proceso monitorio es el procedimiento judicial idóneo para reclamar las deudas comunitarias. La Comunidad debe previamente adoptar el acuerdo y autorizar al Presidente a
Funciones del Presidente El Presidente de la Comunidad representa a ésta en los temas que le afecten, y por ello es quien ejecuta la voluntad
Se precisa la unanimidad y acuerdo individualizado cuando no hay una causa para rectificar las cuotas de participación. ¿Pueden modificarse las cuotas de participación? La
El 2 de octubre de 2016 es la fecha de entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
El uso privativo de un elemento común puede establecerse en la escritura de división horizontal, puede ser un acuerdo adoptado por la comunidad o puede
La ley 19/2009 introduce modificaciones en la Ley de Propiedad Horizontal y obliga a la instalación de conexiones eléctricas -con contador individual- en las plazas de